Habilitación edilicia de local comercial y/o industrial
Según el destino que pretenda habilitar, en caso de corresponder, debe haber gestionado y obtenido con anterioridad la autorización de la implantación urbana a través de la Viabilidad de Uso del Suelo, Estudio de Impacto de Tránsito o Estudio de Impacto Territorial correspondiente, de acuerdo a lo establecido por el Plan de Ordenamiento Territorial Desarrollo Sostenible y Urbanismo (Vol IV). (Decreto 28242) y Normas Complementarias (Decreto 29118).
Descripción
Costo
El costo corresponde según las especificaciones del establecimiento que se indiquen en la solicitud.
La documentación a presentar la podés consultar en el manual de recaudos.
Se incorpora el cuadro de elementos constructivos que debe estar incluido en el margen derecho de los gráficos y la planilla de tolerancias que deberá adjuntarse en PDF firmada por la persona técnica.
Todos los recaudos deben adjuntarse a través del formulario web, con las firmas digitales correspondientes en planos y certificado notarial según modelo adjunto (Modelo 7, Versión 2).
Paso 1
Asegurate de que como persona profesional estés inscrita en la base de datos de la Intendencia de Montevideo.
Si no lo estás deberás generar un usuario para ingresar al sistema de gestión de habilitación, para hacerlo ingresá a ID Uruguay y registrate.
Paso 2
Una vez que ya se posea la cuenta, completá el formulario web.
Asegurate de incluir cualquier documentación adicional que haya sido incorporada en las actualizaciones realizadas a través de los comunicados difundidos en la página web de la Intendencia de Montevideo.
Paso 2
Recibirás un correo electrónico con el resultado del análisis realizado por el Servicio, informándote sobre el estado de tu trámite y los pasos siguientes, si es necesario.
- El correo electrónico proporcionado por el usuario a través del formulario web será la vía de comunicación habitual aceptada con el o la profesional solicitante del trámite.
- La solicitud debe ser realizada por el o la profesional actuante responsable de la gestión.
- El establecimiento debe estar instalado, ya que para poder ser inspeccionado y habilitado es necesario que se encuentre en actividad.
- En todos los casos, las áreas a habilitar deben ser iguales o inferiores a las autorizadas en la Viabilidad de Uso, Implantaciones o Estudio de Impacto Territorial aprobado, debiendo tener en cuenta que para el cálculo de áreas se debe considerar la totalidad del área involucrada, sumando la de muros, entrepisos, etc.
- Todos los recaudos necesarios para la gestión de una habilitación se encuentran detallados en el Manual de Recaudos del Servicio de Contralor de la Edificación, y sus actualizaciones publicadas en comunicados.
- La Resolución Nº 0149/22 estableció el nuevo reglamento de habilitaciones y registro de establecimientos industriales y comerciales. En la misma, el artículo 8º establece las condiciones que se deben cumplir para que la habilitación mantenga vigencia, en tanto el artículo 9º establece las situaciones por las cuales se deberá gestionar una nueva habilitación o registro, entre las que se establece en el literal a) "modificaciones o reforma del local". Las cuales, según los criterios establecidos, aplica en los siguientes casos:
- Ampliación o disminución de área.
- Modificaciones de áreas habilitadas a la interna de los locales que conforman el establecimiento que impliquen cambios en la distribución de los mismos a pesar de mantener condiciones de higiene y habitabilidad reglamentarias, o que varíen las condiciones de implantación impuestas.
- Modificación o ampliación del destino del establecimiento respecto al habilitado.
- Sustitución de elementos estructurales o constructivos que impliquen cambios en los materiales utilizados.
- Deterioro de las condiciones edilicias que afecten la habitabilidad e higiene delos ocales, o que pongan en riesgo y afecten a personas o bienes de terceros.