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Solicitud

Exoneración de patente de rodados por secuestro judicial

Última actualización:

Descripción

Trámite que se realiza cuando el vehículo se liberó luego de haber sido secuestrado por orden judicial.

Costo

No tiene costo

  1. Oficio original del juzgado/fiscalía, firmado por juez, fiscal o actuario; u oficio de juzgado con datos para su validación en la web del Poder Judicial, donde conste:
    - Fecha de inicio
    - Fecha de finalización del secuestro
    - Padrón y matrícula del vehículo
  2. El vehículo NO debe poseer infracciones en el período de secuestro
  3. Cédula de identidad de quien realiza el trámite

  1. Se debe agendar en este sitio.
  2. El día y hora agendado deberá presentarse en el servicio (piso 1 y 1/2, sector Santiago de Chile) con la documentación solicitada en el campo "Documentación a presentar".
  3. Completar el formulario de solicitud de exoneración que proveerá el Servicio de Ingresos Comerciales y Vehiculares al momento de presentarse.
  4. Se iniciará expediente y se brindará el número a la persona interesada. 
  5. Se ingresará la solicitud de exoneración, que será resuelta por Mesa de Ayuda de Sucive.
  6. Una vez resuelta se notificará a quien inició el trámite.

La exoneración comprende exclusivamente el período en el cual estuvo secuestrado el vehículo, no incluye deuda anterior ni posterior.

Por consultas de este trámite escriba a ingresos.vehiculares@imm.gub.uy o llamar al 1950 int. 9534 o 9538.

Formas de iniciar el trámite

    Ingresos Comerciales y Vehiculares - Patente de rodados

    Ingresos Comerciales y Vehiculares

    1950 9534 / 9538 / 9537
    Lunes a viernes de 10.15 a 15.45 horas
    Responsable de la información:

    Ingresos Comerciales y Vehiculares

    TELÉFONO:
    1950 9534 / 9538 / 9537