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Exoneración

Impuesto a terrenos baldíos enjardinados o librados al uso público

Última actualización:
Este trámite debe renovarse todos los años.

Descripción

Trámite necesario para exonerar el impuesto a terrenos baldíos enjardinados.

Costo

No tiene costo

  • Nota solicitando la exoneración, con los datos de la persona/empresa, dirección, número de padrón, teléfono, correo electrónico.
  • Fotocopia de cédula de identidad del titular y/o apoderado.
  • Croquis o plano de ubicación del lugar, con la identificación del padrón.
  • Fotocopia de facturas pagadas de la contribución inmobiliaria del año anterior.

     

Formulario web

Podés adjuntar toda la documentación en el formulario web de esta página.


Presencial

Se debe presentar la documentación en papel o digital en el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño (piso 4 del edificio de la IM, sector Santiago de Chile).

La persona que ingresa el trámite tiene que ser el titular o estar debidamente autorizada por este.

Para ampararse en el Art. 29 del Decreto Nº 29434 en el año 2019 debe tramitar la solicitud hasta el último día hábil de diciembre de 2018 en el horario de 10.00 a 16.00 en el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño (IM piso 4).

Por consultas dudas o consultas se puede llamar al 1950 2230 / 1424 / 1434.

Formas de iniciar el trámite

    Planificación, Gestión y Diseño

    1950 4141
    Lunes a viernes de 10 a 16 horas

    Normativa relacionada

    Responsable de la información: