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Certificado

Registro de gravámenes de bienes inmuebles

Última actualización:

Descripción

Expedición de certificación del registro de gravámenes de bienes inmuebles por concepto de tributos, precios y otros ingresos asociados al padrón inmueble.

Costo

  • 1 Unidad Reajustable
  • Timbre profesional

  • Número de padrón del inmueble.
  • En caso de hacer el trámite presencial, deberás traer el timbre profesional.

Si optás por hacer el trámite online, cuando se trate de propiedad horizontal de unidades identificadas con uno o dos dígitos (ejemplo: 001, 027), deberás colocar en el casillero unidad los números respectivos sin el o los ceros (ejemplo: 1, 27).

Este certificado, generalmente, puede obtenerse a través de la aplicación web. En algunos casos, sin embargo, se requiere la tramitación presencial cuando el número de cuentas asociadas al padrón inmueble impide la tramitación web.

 

Online

 

Paso 1

Ingresá a la aplicación de gravámenes de bienes inmuebles.

Paso 2

Ingresá el número de padrón del inmueble.

Paso 3

Aboná la tasa de expedición y el timbre profesional en línea por débito bancario o en redes de cobranzas (Abitab o Redpagos). El pago en redes de cobranza tiene una demora de aproximadamente 48 horas para su acreditación.

Paso 4

Una vez abonado, podrás acceder al certificado ingresando en la misma aplicación a la pestaña "Impresión/Consulta".

 

Presencial

 

Paso 1

Reservá día y hora en la agenda electrónica.

Paso 2

El día y hora reservados acercate a la oficina de Gestión de Contribuyentes (Soriano entre Ejido y San José).

  • Es posible actualizar la información contenida en un certificado dentro de los 120 días de su expedición, tanto mediante trámite web como mediante trámite presencial, pagando solamente el timbre profesional.
  • No se atenderán solicitudes sin agenda.
  • Por cada reserva se admitirán hasta tres solicitudes de certificado.
  • La información registral proporcionada por este certificado incluye todas las cuentas que se encuentren asociadas a la unidad catastral por la cual se solicitó la información. Por lo tanto, es posible que arroje deudas por precios que no obliguen a la persona propietaria si no es la usuaria, beneficiaria o solicitante del servicio público respectivo y/o deudas por tributos de base no territorial respecto de los cuales la persona propietaria no sea sujeto pasivo contribuyente ni responsable. La información de estas situaciones puede ser recabada por la persona interesada ante el servicio administrador del ingreso respectivo y responsable de la referida asociación.

Formas de iniciar el trámite

    Gestión de contribuyentes - Trámites Varios
    Responsable de la información: