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Solicitud

Homologación de licencia de conducir categorías A, G1 y G2

Última actualización:
Si tu licencia es de otro departamento del País, se homologa cuando su vencimiento sea mayor a 1 año. Si es menor corresponde el trámite de renovación.

Descripción

Permite acceder a una licencia de conducir otorgada por la Intendencia de Montevideo a partir de una otorgada por otro gobierno departamental o del exterior.

Costo

$ 2446,00


 

  • Cédula de Identidad o pasaporte uruguayo, vigente y en buen estado.
  • Licencia de conducir vigente del país o departamento del cual va a homologar.
  • Certificado médico expedido por instituciones habilitadas.
  • Pago del trámite homologación, puede hacerse en Tesorería de la IM, en redes de cobranza o por los medios electrónicos habilitados.

Licencias del exterior:

  • Certificado de antecedentes de tu licencia y apostillado, en caso de no tener apostillado deberás rendir teórico y práctico amateur.
  • Si la documentación no está en español, debés adjuntar traducción pública.  

Licencias de España:

  • Se revalidan en las categorías que correspondan de acuerdo a la tabla de canje establecida en el convenio bilateral.

Paso 1

Reservá día y hora en la agenda electrónica para realizar la homologación

Paso 2

El día y hora agendados deberás presentarte con toda la documentación en el edificio sede de la Intendencia (Av. 18 de Julio 1360).

  • El período de vigencia de la licencia será determinado por el examen médico, no queda a voluntad de la persona interesada.  
  • A partir de los 56 años se modifican los plazos de aspirante y/o renovación. Ver los plazos máximos para categorías
  • Para realizar cualquier trámite de licencia de conducir no se puede tener multas de tránsito impagas, ni convenios atrasados.
  • Si tu licencia es del exterior (excepto España)
  • La licencia de conducir revalidada no será retenida.
  • Si no presenta el apostillado debe rendir examen teórico y práctico amateur.
  • Si tu licencia es de España:
  • Se revalidan en las categorías que correspondan de acuerdo a la tabla de canje
  • La licencia de conducir revalidada debe ser retenida de acuerdo a lo establecido en los acuerdos.
  • En caso de que la licencia no especifique claramente qué vehículo/s habilita a conducir se debe presentar un certificado de la Embajada o Consulado en el que conste esta información.
  • Para realizar cualquier trámite de licencia de conducir, no se puede tener multas de tránsito impagas ni convenios atrasados.
  • A partir del 15 de marzo de 2025 SUCIVE determino que: aquellas personas que tengan vigente convenios por conducir bajo efectos de alcohol o rehusarse al examen (artículo 46 de la ley 18.191), y no poseer licencia de conducir o tenerla suspendida. No podrá realizar o terminar el trámite de licencia de conducir hasta tanto no pague el convenio en su totalidad

    Esto está establecido en Decreto Nº 407/2023 del Poder Ejecutivo

    Artículo 5º .- Los plazos del artículo anterior se extenderán hasta la verificación del pago total de la multa (código 4.2.1), o la cancelación total del convenio que la financió. En ningún caso se emitirá un nuevo permiso hasta que se verifique el pago total de la multa impuesta por conducir sin poseer permiso de conducir, o tenerla suspendida (3,1,1), Si la multa se financió deberá ser cancelada totalmente.

      

 

Formas de iniciar el trámite

    Homologaciones exterior amateur

    Descargas

    Códigos de patologías ( pdf - 37.24 KB)
    Convenio bilateral ( pdf - 32.37 KB)

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