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Solicitud

Licencia de conducir para personas con discapacidad

Última actualización:

Descripción

Obtención por primera vez o renovación de licencia de conducir para personas con algún tipo de discapacidad.

Costo

$ 707,00 Examen médico.
$ 2227,00 Aspirante.
$ 2822,00 Renovación hasta 10 años de vigencia.
$ 1007,00 Renovación hasta 5 años de vigencia.
 
 

 

  • Cédula de Identidad o pasaporte uruguayo, vigente y en buen estado.
  • Licencia de conducir anterior, si posee.
  • Certificado médico expedido en la Intendencia de Montevideo.
  • Si usás lentes de contacto debes traer también tus lentes de armazón.
  • Pago del trámite Examen médico en IM, puede hacerse en Tesorería de la IM, en redes de cobranza o por los medios electrónicos habilitados.

Usuarios/as que además presenten alguna de las patologías mencionadas abajo, deben informarse de la documentación complementaria que deben traer en la fecha agendada.

  • Diabetes (insulino requirente).
  • Dislipemias (colesterol).
  • Tratamiento psiquiátrico.
  • Apnea del sueño.
  • Diálisis o insuficiencia renal.
  • Afecciones neurológicas (epilepsia, temblores).
  • Estrabismo.
  • Glaucoma.
  • Cirugía de cataratas.
  • Cirugía láser y/o lentillas (entre otras).
  • Afecciones osteomusculoarticulares.

 

Paso 1

Reservá día y hora en la agenda electrónica para realizarte el examen médico en la Intendencia.

La agenda se habilita todos los días a las 8 am. Los cupos son limitados.

Paso 2

El día y hora agendados deberás presentarte con toda la documentación en el edificio sede de la Intendencia (Av. 18 de Julio 1360).

Paso 3

Aboná el trámite que solicites (aspirante o renovación) y el examen médico en cualquier red de cobranzas (Abitab o Redpagos), en Tesorería de la Intendencia o por los medios electrónicos habilitados.

Paso 4

¿Hacés el trámite por primera vez?

Si vas a dar el examen con una academia de conducción, deberás dirigirte a ella para que continúe el trámite.

Si lo hacés de forma particular, acercate al Servicio Contralor de Conductores con el comprobante de pago para agendar el examen teórico.

Para tomar clases y agendarte al examen práctico debés traer fotocopia u original de:

  • Libreta de propiedad.
  • Certificado de Seguro Obligatorio de Automotores vigente (SOA).
  • Solo para categoría A si el vehículo tiene más de 5 años de empadronado, se solicita inspección técnica vehicular vigente.

Requisitos a presentar del acompañante:

  • Cédula de identidad.
  • Licencia de conducir vigente, con 2 años mínimo de antigüedad en la categoría o superior.
  • Ser mayor a 21 años de edad.

Para rendir la prueba práctica es obligatorio tener 15 horas de clase, ya sea particular o por academia.

No se podrá realizar la prueba con vehículos con deudas de patente, acompañantes o solicitante con multas de tránsito o convenios atrasados. 

En caso de renovación:

  • Renovaciones sin cambios en el vehículo, continúa el trámite en el servicio de Contralor de Conductores.

     

  • El horario de atención para este trámite es de 8:30 a 10:00
  • Si hace una renovación que implique cambios en las adaptaciones del vehículo, debe realizar una evaluación práctica de manejo.
  • A partir de los 75 años (además del examen médico) deberán rendir de forma obligatoria una evaluación práctica de manejo, presentando los mismos documentos para el práctico de aspirante.
  • El manual de estudio para el exámen teórico se encuentra disponible únicamente en formato digital.
  • En caso no se presentase en algunas de las pruebas, deberá abonar un multa por concepto de "ausente".
  • No se podrá realizar la prueba con vehículos con deudas de patente, acompañantes o solicitante con multas de tránsito o convenios impagos.
  • A partir del 15 de marzo de 2025 SUCIVE determino que: aquellas personas que tengan vigente convenios por conducir bajo efectos de alcohol o rehusarse al examen (artículo 46 de la ley 18.191), y no poseer licencia de conducir o tenerla suspendida. No podrá realizar o terminar el trámite de licencia de conducir hasta tanto no pague el convenio en su totalidad

    Esto está establecido en Decreto Nº 407/2023 del Poder Ejecutivo

    Artículo 5º .- Los plazos del artículo anterior se extenderán hasta la verificación del pago total de la multa (código 4.2.1), o la cancelación total del convenio que la financió. En ningún caso se emitirá un nuevo permiso hasta que se verifique el pago total de la multa impuesta por conducir sin poseer permiso de conducir, o tenerla suspendida (3,1,1), Si la multa se financió deberá ser cancelada totalmente.

Formas de iniciar el trámite

    Licencia de conducir para discapacitados

    Descargas

    Formulario de aspirantes ( pdf - 323.02 KB)
    Planilla de clases prácticas ( pdf - 53.15 KB)
    Códigos de patologías ( pdf - 37.24 KB)
    Responsable de la información: