Habilitación
Empresas de instalación y mantenimiento de ascensores y otros dispositivos de transporte vertical de personas o mercaderías
Última actualización:
La renovación se este trámite debe hacerse cada dos años, del 1 al 20 de octubre de los años pares.
Descripción
Trámite que deben realizar todas las empresas instaladoras y/o conservadoras de dispositivos de transporte vertical regidos según las disposiciones del Decreto Departamental 34.812: ascensores, montacargas, monta-bultos, monta-coches, rampas móviles, andenes móviles, escaleras mecánicas y otros dispositivos de accesibilidad.
Costo
Tiene costo.
La documentación se debe presentar en dos vías: en papel y en formato digital.
- Formato papel:
- Declaración Jurada de la casa instaladora o conservadora, con todos los campos completos, con firmas caligráficas, de la persona titular de la empresa y de la técnica responsable, con timbre profesional de profesional de Ingeniería. (Art.R.1832.1.4). La empresa debe contar como mínimo con tres personas operarias técnicas capacitadas, avaladas por el ingeniero o ingeniera responsable que deben figurar en el campo "Aval" de la declaración Jurada.
- Fotocopia de la cédula de identidad del técnico o técnica.
- Fotocopia de la cédula de identidad de la persona titular de la empresa.
- Planilla de trabajo unificada BPS-MTSS al día, conteniendo la nómina de las personas técnicas avaladas por el ingeniero o ingeniera. Todas las empresas instaladoras o de mantenimiento de ascensores, clasificadas como empresas "Tipo A" (Resolución 232/14 y Artículo R.1832.2), deben estar inscriptas en el grupo 9, subgrupo 1. Las empresas clasificadas como empresas "Tipo B o C", pueden estar inscriptas en el grupo 8.
- Constancia de seguro de responsabilidad civil vigente.
- Constancia de seguro contra riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales vigente, según Ley 16.074.
- Certificado de habilitación de maquinarias del taller o constancia de inicio del trámite, cuando el mismo cuente con máquinas que en su totalidad superen los 5HP de potencia.
- En caso de no tener taller propio, presentar certificado notarial vigente declarando el taller que utiliza y en el que conste que la empresa tiene acceso las 24 horas, los 365 días del año para hacer reparaciones y guardar el stock de materiales y las herramientas, asegurando el servicio ininterrumpido que exige el Artículo R.1832.1.5.
- Formato digital:
- Se deben presentar escaneados todos los documentos descriptos en el punto 1 en un único archivo en formato PDF. El nombre del archivo deberá ser: "Habilitacion empresa - Nombre de la empresa". Todo archivo digital se debe nombrar sin puntos, comas, eñes, ni tildes. El archivo digital no podrá superar los 9 Mb.
Los timbres profesionales pueden cargarse en la cuenta corriente en el momento del inicio del trámite.
Paso 1
Reservá día y hora en la agenda electrónica de ingresos del sector Mesa de Entrada. Cada turno te dará la posiblidad de presentar 1 (una) habilitación.
Paso 2
El día y hora agendados deberás presentarte en el sector Mesa de Entrada del SIME (edificio sede de la Intendencia, Av. 18 de Julio 1360) con toda la documentación en papel y en formato digital.
Paso 3
Una vez gestionado el expediente, recibirás el certificado de habilitación por correo electrónico.
- Si la documentación está incompleta, no se podrá seguir adelante con el trámite.
- Si la empresa ha cambiado el ingeniero o ingeniera responsable, la nueva persona responsable deberá estar inscripta en el registro de personas técnicas del SIME y adjuntar a la documentación su curriculum vitae. (Ver Sección IV del Decreto Departamental 34.812, Artículo D.4216.47).
- Si la nómina de personas empleadas de la empresa sufrió modificaciones desde la última habilitación, se deberá adjuntar a la documentación el curriculum vitae de las nuevas personas operarias.
- Las empresas que se habilitan por primera vez deben adjuntar a la documentación el curriculum vitae del ingeniero o ingeniera responsable y de todas las personas operarias. La habilitación será otorgada, en principio, únicamente para mantenimiento (Artículo R.1832.1.2.).
- La renovación se este trámite debe hacerse cada dos años, del 1 al 20 de octubre de los años pares.
Descargas
Responsable de la información:
Instalaciones Mecánicas y Eléctricas
TELÉFONO:
1950 internos 4686 / 4691
CORREO ELECTRÓNICO: