Licencia de conducir categorías A, G1 y G2, entre 75 y 79 años inclusive con examen médico realizado en las instituciones habilitadas
Descripción
Costo
- $ 1.034
- $ 566 Personas con diabetes hasta 2 años de vigencia.
- Cédula de identidad o pasaporte uruguayo, vigente y en buen estado.
- Licencia de conducir (en caso de extravío o hurto presentar denuncia policial).
- Certificado médico para renovación de licencia expedido por instituciones habilitadas. Si tenés las patologías restrictivas códigos 4, 24, 31 o 37, el certificado médico se hace en la IM. Ingresá a este trámite para más información.
- Pago del trámite: puede hacerse en Tesorería de la Intendencia, en redes de cobranza (Abitab o Redpagos) o por los medios electrónicos habilitados.
Para agendarse al examen práctico debés presentar original o copia de:
- Libreta de propiedad.
- Certificado de Seguro Obligatorio de Automotores (SOA) vigente.
- Si el vehículo tiene más de 5 años de empadronado, se solicita inspección técnica vehicular vigente (no aplica para motocicletas).
Si tu licencia de conducir vence antes del día de la prueba, tendrás que ir con acompañante. En este caso, debés traer fotocopia de cédula de identidad y licencia de conducir de quien te acompañe.
También podés hacer la prueba con alguna de las academias habilitadas de Montevideo.
Paso 1
Reservá día y hora en la agenda electrónica. También podés hacerlo a través de Whatsapp escribiendo al 099 019 500 o llamando al 1950 4000 opción 2.
Paso 2
En la fecha y hora agendada deberás presentarte con toda la documentación en el edificio sede de la Intendencia (Av. 18 de Julio 1360) para agendar la prueba práctica.
Si vas a realizar el trámite a través de una academia de conducir habilitada, esta se puede encargar de las gestiones necesarias.
- La licencia de conducir puede renovarse desde 30 días antes de su vencimiento.
- Si tu licencia tiene más de dos años de vencida, para renovar tendrás que hacer prueba teórica y práctica
- A partir de los 56 años se modifican los plazos de renovación. Conocé los plazos máximos para categorías amateur (A, G1 y G2). Entre los 70 y los 78 años, la renovación es por 3 años máximo. A los 79, por 2 años máximo.
Artículo R.424.16 . Examen práctico con vehículos automáticos
"El examen práctico podrá rendirse con cualquier vehículo automotor que se ajuste a la categoría para la cual inició trámite el aspirante. Podrá rendirse el examen práctico con vehículos automotores con sistema de dirección por medio de volante y cambios automáticos, en cuyo caso el permiso resultante habilitará únicamente para conducir vehículos con transmisión automática, lo que quedará claramente establecido en el documento expedido."
- Para realizar cualquier trámite de licencia de conducir no se puede tener multas de tránsito impagas o convenios atrasados. El vehículo que uses en la prueba no puede tener deudas de patente, peajes o multas.
Desde el 15 de marzo de 2025 por disposición de SUCIVE quienes tengan vigentes convenios por conducir bajo efectos de alcohol o rehusarse al examen (artículo 46 de la ley Nº18.191), o por no poseer licencia de conducir o tenerla suspendida no podrán gestionar trámites de licencia de conducir hasta que no paguen el convenio en su totalidad. Esto incluye la finalización de los trámites (obtención de licencias de conducir).
Lo anterior está establecido en el Decreto 303/2023 del Poder Ejecutivo, artículo 5º: "Los plazos del artículo anterior se extenderán hasta la verificación del pago total de la multa (código 4.2.1), o la cancelación total del convenio que la financió. En ningún caso se emitirá un nuevo permiso hasta que se verifique el pago total de la multa impuesta por conducir sin poseer permiso de conducir, o tenerla suspendida (3.1.1). Si la multa se financió deberá ser cancelada totalmente."