Licencia de conducir categorías A, G1 y G2, entre 75 y 79 años inclusive con examen médico realizado en las instituciones habilitadas
Descripción
Costo
$1007,00 hasta 5 años de vigencia
$ 552,00 Personas con diabetes hasta 2 años de vigencia
- Cédula de Identidad o pasaporte uruguayo vigente y en buen estado.
- Licencia de conducir anterior (en caso de extravío o hurto debe presentar denuncia policial)
- Certificado médico de renovación emitido por instituciones habilitadas.
- Si tenés patologías restrictivas (cod. 4-24-31-37), debés realizar el siguiente trámite
- Pago del trámite por renovación hasta 5 años de vigencia o diabéticos hasta 2 años de vigencia, puede hacerse en Tesorería de la IM, en redes de cobranza o por los medios electrónicos habilitados.
- Evaluación práctica de manejo.
Gestión por medio de una academia de conducción: dirigite a la academia elegida con los requisitos mencionados y esta realizará el tramite ante la IM.
Gestión de forma particular:
Paso 1
Agendá día y hora por:
- Whatsapp: 099 019 500
- Teléfono: 1950 4000, opción 2
- Agenda web.
La agenda se habilita todos los días a las 8 am. Los cupos son limitados.
Paso 2
Con los requisitos necesarios se debe presentar el día y a la hora agendada, ingresando al Edificio Sede: Av. 18 de Julio 1360
Debe traer fotocopia u original de:
- Libreta de propiedad
- Certificado de Seguro Obligatorio de Automotores vigente (SOA)
- Si el vehículo tiene más de 5 años de empadronado, se solicita inspección técnica vehicular vigente. (Solo para categoría A)
- Si la licencia del usuario/a se encuentra vencida o para la fecha de examen práctico se encuentra vencida, debe concurrir con un acompañante.
Requisitos a presentar del acompañante para agendar fecha de examen práctico:
- Cédula de identidad
- Licencia de conducir vigente, con 2 años mínimo de antigüedad en la categoría o superior.
Si la licencia se encuentra vencida por un plazo mayor a dos años, además de los requisitos mencionados, deberá rendir prueba teórica y práctica de manejo.
- Ver listado de patologías médicas (se resaltan las consideradas restrictivas).
- Si la licencia se encuentra vencida por un plazo igual o mayor a dos años, además de los requisitos mencionados, debe rendir prueba teórica y práctica de manejo.
- Para rendir la prueba práctica se debe presentar con un acompañante (con licencia vigente y más de dos años de antigüedad como conductor). Lo puede registrar el aspirante, presentando fotocopia de Cédula de Identidad y licencia de conducir.
- Puede optar por realizar la prueba con una academia de conducir habilitada.
- Para realizar cualquier trámite de licencia de conducir no puede tener multas de tránsito impagas.
A partir del 15 de marzo de 2025 SUCIVE determino que: aquellas personas que tengan vigente convenios por conducir bajo efectos de alcohol o rehusarse al examen (artículo 46 de la ley 18.191), y no poseer licencia de conducir o tenerla suspendida. No podrá realizar o terminar el trámite de licencia de conducir hasta tanto no pague el convenio en su totalidad.
Esto está establecido en Decreto Nº 407/2023 del Poder Ejecutivo
Artículo 5º .- Los plazos del artículo anterior se extenderán hasta la verificación del pago total de la multa (código 4.2.1), o la cancelación total del convenio que la financió. En ningún caso se emitirá un nuevo permiso hasta que se verifique el pago total de la multa impuesta por conducir sin poseer permiso de conducir, o tenerla suspendida (3,1,1), Si la multa se financió deberá ser cancelada totalmente.