Descargo de contravenciones de tránsito
Descripción
Costo
No tiene costo
La documentación a presentar dependerá de quién realice el trámite (siempre se debe adjuntar copia de la cédula de identidad).
Si se presenta la persona titular registral en la Intendencia (quien figura en el documento del vehículo), debe traer copia del Documento de Identificación Vehicular (DIV o libreta de propiedad).
Si se presenta la persona conductor/a notificada por el equipo de inspección que consta en la boleta, debe traer copia de la boleta y del Documento de Identificación Vehicular.
En los casos que no figura como titular registral (de acuerdo al Registro de Vehículos de la Intendencia), se deberá presentar:
- Si es persona propietaria: título.
- Si es prominente comprador cuyo compromiso tenga firmas certificadas por escribano público: documento compraventa con firma certificada.
- Si es persona poseedora: certificado notarial.
- Si es adquiriente en subasta pública: oficio del rematador o juzgado.
- Si es representante: carta poder certificada notarialmente (con menos de un año de antigüedad por Resolución Nº 1680/97) que lo habilite a representar a la persona titular, propietaria/o, promitente comprador/a, adquirente en subasta pública o poseedor/a del vehículo.
Recordá que el plazo para la presentación de descargos es de 10 días contados desde la fecha de notificada la contravención.
Este trámite se puede realizar de dos formas:
Online
Solo deberás completar el formulario web.
Presencial
Paso 1
Reservá día y hora en la agenda electrónica.
Paso 2
El día y hora agendados debe dirigirse al servicio de Atención a la Ciudadanía (edificio sede de la Intendencia, primer subsuelo, ingreso por Soriano 1372) con toda la documentación.
- Es importante que adjuntes elementos que puedan aportar a la resolución del caso; fotografías del vehículo, constancias o certificados y todo aquello que entiendas pertinente.
- Si la contravención fue abonada y el dictamen de la gestión resulta favorable a la persona interesada, se procederá a la devolución del importe correspondiente a través de la red de cobranzas.
- Si quien realiza el trámite es una persona representante, es necesario presentar una carta poder certificada notarialmente (original) con vigencia menor a un año (Resolución Nº 1680/97) para cobrar la devolución.
- Si la contravención no fue abonada y el dictamen de la gestión resulta favorable, la infracción se dará de baja.
- La Comisión Asesora de Descargos dispone de 30 días corridos para estudiar la solicitud y expedirse al respecto (Artículo R.424.227.4) y luego la Dirección dispone de 120 días corridos para la resolución.
- Una vez que se resuelva el descargo, recibirá un correo electrónico a la dirección ingresada en el formulario. En caso de no contar con uno, deberá concurrir a Atención a la Ciudadanía para consultar.
- Si completa el formulario web, recuerde conservar la identificación del trámite para futuras consultas (la codificación de la identificación es: MOVAC-21-123456).