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Solicitud

Licencia de conducir por primera vez para categoría A, G1 o G2 a partir de 80 años

Última actualización:

Descripción

Mediante este trámite las personas mayores de 80 años pueden obtener su licencia de conducir amateur categoría A, G1 o G2.

Costo

  • $ 726 Examen médico.
  • $ 2288 Aspirante.
     

  • Cédula de Identidad o pasaporte uruguayo, vigente y en buen estado
  • Certificado médico expedido en la Intendencia de Montevideo
  • Pago del trámite por aspirante, puede hacerse en Tesorería de la IM, en redes de cobranza o por los medios electrónicos habilitados.

Las personas que presenten alguna de las patologías detalladas a continuación deberán revisar la documentación adicional requerida y traerla el día de su cita.

  • Diabetes (insulino requirente).
  • Dislipemias (colesterol).
  • Tratamiento psiquiátrico.
  • Apnea del sueño.
  • Diálisis o insuficiencia renal.
  • Afecciones neurológicas (epilepsia, temblores).
  • Estrabismo.
  • Glaucoma.
  • Cirugía de cataratas.
  • Cirugía láser y/o lentillas (entre otras).
  • Afecciones osteomusculoarticulares.

 

Paso 1

Reservá día y hora por teléfono al 1950 4000 opción 2, por mensaje de texto al Whatsapp 099 019 500 o por la agenda electrónica para realizarte el examen médico en la Intendencia.

La agenda se habilita todos los días a las 8 am. Los cupos son limitados.

Paso 2

El día y hora agendados deberás presentarte con toda la documentación en el edificio sede de la Intendencia (Av. 18 de Julio 1360).

Paso 3

Aboná el trámite de aspirante y examen médico de la IM,  puede hacerse en Tesorería de la IM, redes de cobranza o por los medios electrónicos habilitados.

Paso 4

Si vas a dar el examen con una academia de conducción, deberás dirigirte a ella para que continúe el trámite.

Si lo hacés de forma particular, acercate al Servicio Contralor de Conductores con el comprobante de pago para agendar el examen teórico.

Para tomar clases y agendarse al examen práctico debe traer fotocopia u original de:

  • Libreta de propiedad
  • Certificado de Seguro Obligatorio de Automotores vigente (SOA)
  • Solo para categoría A si el vehículo tiene más de 5 años de empadronado, se solicita inspección técnica vehicular vigente.

Requisitos a presentar del acompañante:

  • Cédula de identidad
  • Licencia de conducir vigente, con 2 años mínimo de antigüedad en la categoría o superior.
  • Ser mayor a 21 años de edad.

Para rendir la prueba práctica es obligatorio tener 15 horas de clase, ya sea particular o por academia.

Detalle de pruebas en las que consiste el examen práctico de manejo, para aspirantes por primera vez a la categoría A.

No se podrá realizar la prueba con vehículos con deudas de patente, acompañantes o solicitante con multas de tránsito o convenios impagos.

  • El manual de estudio para el examen teórico se encuentra disponible únicamente en formato digital.
  • Si posee otra licencia vigente, deberá presentarla y se exonera el examen teórico.
  • En caso de no presentarse en alguna de las pruebas, deberá abonar un multa por concepto de "ausente".
  • La licencia se otorga por hasta 1 año de vigencia. click aquí para ver plazos máximos para categorías amateur (A,G1 y G2)
  • El examen práctico de aspirantes a licencia categoría G2 será tomado con motocicletas con embrague manual y cambios no automáticos.
  • Artículo R.424.16 . Examen práctico con vehículos automáticos

    "El examen práctico podrá rendirse con cualquier vehículo automotor que se ajuste a la categoría para la cual inició trámite el aspirante. Podrá rendirse el examen práctico con vehículos automotores con sistema de dirección por medio de volante y cambios automáticos, en cuyo caso el permiso resultante habilitará únicamente para conducir vehículos con transmisión automática, lo que quedará claramente establecido en el documento expedido."

  • Para realizar cualquier trámite de licencia de conducir no se puede tener multas de tránsito impagas o convenios atrasados. El vehículo que uses en la prueba no puede tener deudas de patente, peajes o multas.

 

Desde el 15 de marzo de 2025 por disposición de SUCIVE quienes tengan vigentes convenios por conducir bajo efectos de alcohol o rehusarse al examen (artículo 46 de la ley Nº18.191), o por no poseer licencia de conducir o tenerla suspendida no podrán gestionar trámites de licencia de conducir hasta que no paguen el convenio en su totalidad. Esto incluye la finalización de los trámites (obtención de licencias de conducir).

Lo anterior está establecido en el Decreto 303/2023 del Poder Ejecutivo, artículo 5º: "Los plazos del artículo anterior se extenderán hasta la verificación del pago total de la multa (código 4.2.1), o la cancelación total del convenio que la financió. En ningún caso se emitirá un nuevo permiso hasta que se verifique el pago total de la multa impuesta por conducir sin poseer permiso de conducir, o tenerla suspendida (3.1.1). Si la multa se financió deberá ser cancelada totalmente."  

Formas de iniciar el trámite

    Renovación Amateurs - A partir de 80 años A-G1-G2 méd. Intendencia
    Responsable de la información:
    Contralor de Conductores
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