Exoneración
Contribución inmobiliaria a institutos de enseñanza o culturales
Última actualización:
Descripción
Exoneración del impuesto de contribución inmobiliaria y sus adicionales a institutos de enseñanza e institutos de carácter cultural.
Costo
No tiene costo
Primera vez
- Carta en hoja membretada solicitando la exoneración de Contribución Inmobiliaria firmada por sus representantes legales, indicando número de Padrón, dirección y ejercicios por los que solicita la exoneración.
- Fotocopia autenticada de los estatutos.
- Las instituciones de enseñanza deberán presentar la habilitación de ANEP por los años a exonerar.
- Las instituciones que no cuenten con habilitación de ANEP deberán agregar constancia vigente del registro que lleva el Ministerio de Educación y Cultura de las instituciones culturales (se gestiona en la calle Reconquista frente al Templo Inglés).
- Formulario de constitución de domicilio físico y electrónico con cláusula de consentimiento.
Además, se deberá adjuntar certificado notarial que indique lo siguiente:
- Vigencia de la personería jurídica.
- Identificación de los representantes legales.
- Vinculación Jurídica con la propiedad, estableciendo fecha de escritura.
- Actividades efectivamente realizadas por cada año que solicita la exoneración.
Renovación
- Carta de solicitud en hoja membretada solicitando la exoneración de contribución inmobiliaria, firmada por sus representantes legales, indicando número de padrón, dirección y ejercicios por los que solicita la exoneración.
- Las instituciones de enseñanza deberán presentar la habilitación de ANEP por los años a exonerar.
- Las instituciones que no cuenten con habilitación de ANEP deberán agregar constancia vigente del registro que lleva el Ministerio de Educación y Cultura de las instituciones culturales (se gestiona en la calle Reconquista frente al Templo Inglés).
- Formulario de constitución de domicilio físico y electrónico con cláusula de consentimiento.
Además, se deberá adjuntar certificado notarial que indique lo siguiente:
- Vigencia de la personería jurídica.
- Identificación de los representantes legales.
- Acreditar la vinculación jurídica con el inmueble y fecha de la misma.
- Actividades efectivamente realizadas por cada año que solicita la exoneración.
- Vigencia de los estatutos o sus modificaciones.
Presencial
En el Servicio de Ingresos Inmobiliarios (piso 1 de la Intendencia, 18 de Julio 1360), con la documentación indicada en los requisitos. Esta forma requiere agenda previa en este sitio o telefónicamente a través del 1950 3000 opción 2.
Formulario web
A través del formulario del botón "Formulario web".
El servicio puede realizar inspecciones oculares.
Por dudas y consultas escribir al correo exoneraciones.inmobiliarios@imm.gub.uy.
Formas de iniciar el trámite
ONLINE
PRESENCIAL
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Ingresos Inmobiliarios
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