Arrendamiento de fincas, apartamentos o locales
Descripción
Si la persona propietaria de la vivienda no realiza este trámite, se le generará una multa equivalente en unidades reajustables (UR) a 1 mes del valor del alquiler a la fecha de la firma del contrato.
Costo
- Primera etapa: $ 745,04
- Segunda etapa: $ 1226,92
- Timbre profesional: $ 180,00
- Sellado (si corresponde): $ 240,00
- Formulario de habilitación.
Paso 1
Completá el formulario de habilitación de arrendamiento de fincas, apartamentos y locales.
- Ubicación exacta y número de padrón del bien.
- Nombre, documento y domicilio del arrendador y administrador (en caso de que hubiera).
- Vinculación jurídica con el inmueble.
- Fotocopia de tributos domiciliarios (impuesto de puerta).
- Llaves del inmueble a inspeccionar o, de lo contrario, indicar en la parte superior del formulario dónde se encuentran (deberá ser a no más de 50 metros).
Paso 2
Aboná la primera etapa de tasa de arrendamiento.
Paso 3
En el plazo de 5 días hábiles luego de ingresada la solicitud se realiza la inspección al lugar.
Paso 4
Si el inmueble se encuentra en buen estado, se te otorgará el "Concedido" con un plazo de 120 días corridos para arrendar. Recibirás una declaración jurada que deberás completar cuando se firme el contrato. A partir de la firma, el plazo para presentarla es de 60 días.
Si el inmueble no se encuentra en buen estado, se te comunicará y podrás solicitar una nueva inspección sin costo después de subsanar las anomalías (dentro de un plazo de 120 días).
Existe la posibilidad (en caso de haber observaciones que impidan el otorgamiento de la habilitación) que arrendatario y arrendador firmen un formulario que se entrega en el servicio, comprometiéndose a subsanar las anomalías, deslindando a la Intendencia de toda responsabilidad. De hacerlo así, dicho formulario deberá presentarse con un sellado de $ 240 que no puede ser alterado.
Paso 5
Presentada la declaración jurada, que debe llevar un timbre profesional de $ 180,00, deberás abonar la segunda etapa de la tasa de arrendamiento.
Paso 6
Finalizado el trámite, se otorga la habilitación.
En caso de no terminar el trámite en el período de 120 días, la persona arrendadora será pasible de sanción (5 UR), según Resolución 1468/98.