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Habilitación

Habilitación - Ascensores y otros dispositivos de transporte vertical y/o accesibilidad

Última actualización:

Descripción

Trámite que realiza la Empresa instaladora del dispositivo de transporte vertical ante el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (SIME), mediante el cual solicita la habilitación del dispositivo para el uso según lo dispuesto en el Decreto Departamental 34.812. Se recuerda que ningún dispositivo de transporte vertical incluido en el referido Decreto, puede funcionar sin previa habilitación. Ver Art.D.4216.51 del Digesto Departamental.

Costo

Tiene costo

Quedan exceptuados de este requisito previo, los monta-bultos en cualquier destino y los dispositivos de accesibilidad en vivienda unifamiliar. Cuando en la edificación exista más de un dispositivo a habilitar, identificarlos con números o letras, tanto en planos como en documentos para facilitar su lectura y ubicación.

Se presentará un juego de recaudos tanto en formato papel como en formato digital por cada dispositivo a Habilitar.

1- Formato papel: 

  • Declaración Jurada de habilitación completa, con firma caligráfica del propietario y del técnico con el correspondiente timbre profesional. Dejar en blanco los espacios correspondientes a Expediente Electrónico y matrícula. 
  • En caso en que el propietario sea una persona física, debe  presentar fotocopia de Cédula de Identidad. 
  • En caso en que el propietario sea una persona jurídica, debe agregar además un Certificado notarial vigente (30 días) de representación de la propiedad. 
  • Nota en hoja membretada de la empresa instaladora que incluya el cumplimiento del Art.49 del Decreto Departamental 34.812, firmada por el Ing. Instalador y con timbre profesional. 
  • Planos electromecánicos en polyester (original con firmas y timbres profesionales) conteniendo plano de ubicación, planta y corte por el ducto del dispositivo, con todos los datos correspondientes: mecanismo de tracción, potencia, velocidad, cantidad de cables, diámetro,seguridades, etc.

 2- Formato digital: 

  • Se presentará la totalidad de los recaudos escaneados descriptos en el punto anterior, en un único archivo en formato .pdf por cada dispositivo a presentar. El archivo no puede superar los 9 Mb. 

Los timbres profesionales podrán cargarse en la cuenta corriente en el momento de inicio del trámite.

  • Para dar inicio al tramite deberá agendarse vía web para el Sector Mesa de Entrada. El día agendado, se presentará en SIME en el Sector Mesa de Entrada a la hora estipulada con la totalidad de los recaudos, formato papel y digital. 
  • De solicitar la Habilitación de más de un dispositivo en el mismo Expediente SIME, deberá presentar un juego completo por cada dispositivo a habilitar.
  • Procesada la documentación por parte del Sector Ascensores se asignará un inspector para la realización de una inspección conjunta con la Empresa instaladora.
  • Gestionado el expediente, el trámite culmina con un Certificado de Habilitación que se enviará por mail a la parte interesada luego de abonar el retiro del trámite.

  • La casa instaladora debe proporcionar por su cuenta y cargo todos los elementos necesarios para realizar las pruebas que se determinen oportunas.
  •  Los dispositivos de accesibilidad deberán cumplir con alguna Norma Internacional tales como ISO, CAN, ANSI, o similar, que asegure el traslado de un usuario en silla de ruedas.

Formas de iniciar el trámite

    1950
    4690
    De lunes a viernes
    de 10:30 a 15:15 h
    Responsable de la información:

    Instalaciones Mecánicas y Eléctricas

    TELÉFONO:
    1950 internos 4686 / 4691
    CORREO ELECTRÓNICO: