Habilitación
Habilitación bromatológica de Centros Gastronómicos
Última actualización:
Descripción
A través de este trámite el Servicio de Regulación Alimentaria autoriza a un Centro Gastronómico, adjudicándole un número de habilitación único.
Costo
No tiene costo
- Documentación exigida en el listado Documentación obligatoria para habilitación de centros gastronómico (LI-H11) disponible en sección Descargas.
- El formulario Declaración de metraje para empresas alimentarias según sea habilitación primera vez (FO-HO1) o renovación (FO-H02) disponible en sección Descargas, completo.
Paso 1
Presentate en Regulación Alimentaria con toda la documentación exigida
Paso 2
La documentación presentada es estudiada por personal técnico del Servicio, que coordina una entrevista de habilitación con la empresa.
Paso 3
Si el resultado es de conformidad, se coordina inspección de habilitación al local del centro gastronómico.
Paso 4
Una vez obtenida la habilitación, podrán iniciarse los trámites de las empresas alimentarias ubicadas en el centro gastronómico, las cuales deben realizar el trámite de habilitación de empresas alimentarias, asociando el número de habilitación del centro gastronómico.
- De conformidad con la normativa vigente no pueden funcionar hasta que se otorgue la habilitación.
- La validez de la habilitación es de 5 (cinco) años.
- El costo queda comprendido en el monto que se abona por concepto de Tasa Bromatológica.
- Se recomienda conocer la ordenanza bromatológica municipal, en especial el Título I y el Título II, del Volumen VI del Digesto Municipal.
- Si se completa el formulario web, es necesario conservar la identificación de trámite para posteriores consultas. Con el Nº de solicitud SUR que se proporciona puede consultarse los pasos de la gestión del trámite en: www.montevideo.gub.uy/consultas/consulta-de-reclamos.
Formas de iniciar el trámite
PRESENCIAL
Responsable de la información:
Regulación Alimentaria
TELÉFONO:
1950 3176 3567
CORREO ELECTRÓNICO: