Certificado de saneamiento para compraventa de inmuebles
Descripción
La compraventa de terrenos baldíos queda exceptuada de la presentación del certificado.
Puede ser solicitado por las personas físicas o jurídicas interesadas (propietarias, promitentes compradoras, promitentes vendedoras o sus representantes legales).
Costo
El costo del trámite es de 1 UR (Decreto 359/04 de la Junta Departamental, Resolución 2945/16) más un timbre profesional de $240 ya incluido en la factura (valor enero de 2024).
Costo total: $1.878 (valor a enero de 2024)
- Frente y dorso del documento de la persona solicitante (cédula de identidad o pasaporte vigente).
- Recibo de tributo domiciliario actualizado.
- Recibo de OSE (particular o colectivo) donde se visualice el número del medidor.
- En caso de actuar mediante representante legal, se deberá presentar además:
- Frente y dorso del documento de la persona representante (cédula de identidad o pasaporte vigente).
- Certificado notarial que controle la representación, con una vigencia menor a 30 días y con timbre montepío adjunto (valor $605, actualizado a enero de 2024).
Paso 1
Completá el formulario web.
Paso 2
Una vez completado, se generará un número de trámite (SANCC-00-000000) y la factura correspondiente para efectuar el pago. Podés abonar la factura en línea o en redes de cobranza (Abitab o Redpagos).
Paso 3
Una vez verificado el pago y aprobada la solicitud, recibirás un correo electrónico con el reporte de tu declaración jurada, que deberás firmar y enviar al correo certificado.saneamiento@imm.gub.uy.
Paso 4
Al momento de retirar el certificado deberás presentar:
- Dos copias impresas y firmadas de dicho reporte. Es necesaria la firma autógrafa de la persona declarante.
- Original del certificado notarial presentado en la solicitud o testimonio del mismo por exhibición.
- Formulario anexo (si corresponde), con la firma autógrafa de la persona declarante.
- Alcance del certificado:
- Padrones en régimen de propiedad común: se expedirá un certificado por todo el padrón, independientemente de las unidades que lo integren.
- Padrones en régimen de propiedad horizontal: se deberá tramitar un certificado por cada unidad ocupacional.
- Excepciones:
- Cocheras: se puede solicitar el certificado conjuntamente con el de la unidad de propiedad horizontal a la cual corresponde, emitiéndose un solo certificado para ambas unidades.
- En caso de solicitar el certificado exclusivamente para una cochera ubicada en un padrón en régimen de PH, se deberá indicar la causal A (siempre que el padrón esté conectado a la red de saneamiento).
- Múltiples unidades en primera venta: en este caso se debe completar, firmar y adjuntar a la solicitud el formulario anexo con el detalle de las unidades. El anexo tendrá carácter de declaración jurada.
- Cocheras: se puede solicitar el certificado conjuntamente con el de la unidad de propiedad horizontal a la cual corresponde, emitiéndose un solo certificado para ambas unidades.
- El plazo de estudio es de 5 días hábiles contados a partir de la verificación del pago de la solicitud. Cuando se requiera inspección o control notarial, el plazo se extiende a 10 días hábiles.
- Los certificados notariales que no reúnan los requisitos establecidos serán observados y deberán volver a presentarse.
- Opciones posibles:
- Tipo A – Padrones o unidades con conexión a la red de saneamiento.
- Tipo B - Padrones no conectados al saneamiento por aún no haberse construido el colector por su frente que le permita la conexión. Único motivo válido para utilizar esta opción.
- Tipo C - Padrones no conectados al saneamiento por no ser idóneos para la conexión por gravedad debido a la forma del terreno y ubicación de las construcciones. Se debe anexar a la solicitud el informe de un técnico habilitado y planos de nivelación.
- Tipo D - Padrones frente a un colector de reciente construcción que aún se encuentran dentro del plazo establecido para conectar la instalación sanitaria (Ley 18840, artículo 4, literal b).
Tipo E - Otros padrones no conectados, no incluidos en los numerales B, C y D, que debido a sus características, no se encuentran obligados por las disposiciones vigentes a estar conectados. Ej: garajes en propiedad común, construcciones ruinosas no aptas para uso humano, depósitos o galpones sin instalaciones sanitarias.
De no verificarse la información que avale tal condición, se requerirá una inspección al padrón.
- Vigencia:
- Tipo A - Se mantiene vigente mientras no se realicen nuevas obras en el inmueble.
- Tipos B, C, D y E - La vigencia es de un año desde su fecha de expedición.