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Solicitud

Suspensión de rubro baldío

Última actualización:

Descripción

Se suspende el cobro del rubro baldío por poseer permiso de construcción por dos años a partir del 1º de enero del año siguiente de la fecha de aprobación del permiso. Fuente: Art. 22 del Decreto 27310 y Art. 36 del Decreto 29434.
También podés pedir, a través de otro trámite, la exoneración del impuesto si el terreno está enjardinado o librado al uso público.

Costo

No tiene costo

El trámite pueda realizarse por dos vías:

  • Enviando un correo electrónico a tramites.ingresos.inmobiliarios@imm.gub.uy con la documentación requerida.
  • Presencial en la oficina de Servicio de Ingresos Inmobiliarios, sector Atención al Público (piso 1 del edificio de la IM, sector Santiago de Chile). Para esto se debe agendar previamente a través de este sitio, o al teléfono 1950 3000 opción 2.

  • En caso de suspensión de cobro del rubro baldío por enjardinado, el trámite correcto se encuentra en este sitio.
  • La atención presencial se realiza únicamente con agenda previa.
  • El acceso se hará exclusivamente por la puerta del atrio de 18 de Julio.

Formas de iniciar el trámite

    Agenda Ingresos Inmobiliarios - Atención presencial
    Responsable de la información: